Oferta Empleo Publico Extraordinaria 2022

Oferta Empleo Publico Extraordinaria 2022

#Ciudadanía # 19/05/2022

A la vista de los siguientes antecedentes:

PRIMERO.- Que habiéndose publicado y entrado en vigor la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, la cual establece en su disposición adicional sexta relativa a la Convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración, que: “Las Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016. Estos procesos, que se realizarán por una sola vez, podrán ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales y respetarán, en todo caso, los plazos establecidos en esta norma”.

SEGUNDO.- Resultando necesaria la aprobación de una Oferta de Empleo Público excepcional, conforme a lo establecido anteriormente, en el sentido de incluir las plazas vacantes que se indican a continuación, unas de personal laboral, y otras de personal funcionario, las cuales se encuentran dotadas presupuestariamente y han estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente con anterioridad a 1 de enero de 2016.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS:

PRIMERO.- Según determina el artículo 70 del R.D. 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:”...Las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas y hasta un diez por cien adicional, fijando el plazo máximo para la convocatoria de los mismos. En todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.”

SEGUNDO.- Establece el artículo 91.1 de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen local que “1.- Las Corporaciones Locales formularán públicamente su oferta de empleo ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica estatal”.

TERCERO.- La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en su Disposición adicional sexta se refiere a la Convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración.

Las Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016. Estos procesos, que se realizarán por una sola vez, podrán ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales yEn La Disposición adicional séptima, relativa a la extensión del ámbito de aplicación de los procesos de estabilización se señala que los preceptos contenidos en esta norma relativos a los procesos de estabilización serán de aplicación a las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales, fundaciones del sector público y consorcios del sector público, sin perjuicio de la adecuación, en su caso, a su normativa específica.

CUARTA.- En el correspondiente expediente administrativo instruido al efecto consta informe de la Secretaria General Actual de 18 de mayo de 2022, en el que se indica el procedimiento seguido y la normativa aplicable. Asimismo, se ha sometido a negociación de la Mesa General de Negociación, de fecha 18 de mayo de 2022

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